2008/05/16

Noticia: Menos pena a un abusador por "venir de la selva"

El titular es impactante, no? Pues la sentencia lo es más... un "tipo" por ser de otro país y ser normal en su país tener relaciones sexuales a los 12 años, se le rebaja la pena ante un delito de abuso sexual a una menor por [su "formación cultural propia de su origen de la selva ecuatoriana", donde los noviazgos (dice la noticia) a esa edad son "normales" según recoge la sentencia. (Y prosigue) el acusado, de 24 años, entabló una relación sentimental con una menor, de 12 años, también de ecuador y residente en valencia.] (...) [La sentencia basa la rebaja de la condena en que la menor "aparenta una edad superior a la biológica y posee una marcada personalidad"] (extraido del periódico "el público") Aparte de alguna gilipoyez más que también incluye la noticia... es un puto escandalo.

Y, lo más curioso de todo, es que todas esas "gilipoyeces" que han inventado para que este tipo no sufra una pena larga aludena "criterios culturales", a "origen" y a "la corporalidad y personalidad" de una de las personas que mantenian esa relación son de sumo interés para mí. es más, hoy se podría decir que es un día de victoria para las personas que podemos movernos en el campo de la liberación sexual. No es para nada una desfachatez, porque la acusación se basa en que una niña menor de trece años aunque consienta la relación no la legitima por tener menos de 13 años, lo cual resulta absurdo si luego se tiene en cuenta como atenuante que la cultura propia de esas personas independientemente del país que habiten, siendo, por tanto, la ley la que no legitima la relación de esas personas, no el consentimiento o no de las implicadas.

Dado lo cual, siendo las razones culturales las imperiosas en esta sentencia y siendo motivo de reducción de condena la personalidad de una de las personas (la menor) que mantenian la relación, sin quererlo ni beberlo me dan la razón cuando digo que en los entornos educativos deberiamos fomentar personalidades críticas, fomentar el valor de la corporalidad y, por tanto, del nudismo, generar conocimientos sexuales, etc. Porque en todo este embroyo que se han montado han negado que esa niña haya podido elegir a su amante (en este caso un hombre de 24 años), han vetado la capacidad de la niña de elegir, han vetado su capacidad de expresarse libremente y han restado credibilidad a una niña con (supuesta) capacidad y personalidad crítica en ese tema. Y, no siendo eso suficiente y no diciendo que haya sido la menor la denunciante, me hace suponer que la denunciante es una persona que no quería que esas dos personas estuvieran juntas ni que se relacionasen sexualmente y no ninguna de ellas. Puedo equivocarme en mi apreciación, soy consciente de ello, pero el hecho de que lo cultural y la personalidad esté recogido en una sentencia puede hacer que, incluso, si hay algún otro caso previo, haya creado jurisprudencia.
Ahora, ¿podremos empezar ya ha discutir en serio sobre la cultura y la educación cuando nos referimos a temas sexuales?

1 comentario:

Anónimo dijo...

esta claro ke es contradictorio decir ke es delito porke es menor pero no es pa tanto porke es suficientemente adulta, seria de risa sino fuera un tema importante

la sexualidad siendo un tabu y algo totalmente atado a las convenciones sociales en esta sociedad, pues las leyes que la regulan son asi de inkongruentes